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    Determinación de la laboralidad de la relación: ...

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    El 8 de enero de 2014 la empresa AA, S.L. decide formalizar una relación contractual de naturaleza mercantil con Pedro, de cara a que este asuma las competencias de comercialización de los productos que la empresa está colocando en el mercado en la Comunidad Foral de Navarra.

    Durante el tiempo que pervive la relación Pedro va reportando informes periódicos sobre sus gestiones así como adaptando su trabajo a las concretas directrices que le manda la empresa.

    El 15 de julio de 2015, la empresa notifica a Pedro su intención de rescindir el contrato mercantil, ante lo que Pedro responde planteando una reclamación de laboralidad de la relación.

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